El partido de FICA del empleador

La contrapartida FICA del empleador es un requisito para que un empleador remita al gobierno el doble de la cantidad de impuestos de seguridad social y Medicare retenidos del pago de los empleados. Esto significa que el empleado paga la mitad de la cantidad remitida y el empleador paga la otra mitad. El acrónimo FICA se refiere a la Ley de Seguro de Contribuciones Federales, que es la ley que requiere estos pagos de contrapartida. Los impuestos que requieren la equiparación del empleador son:

  • Impuesto de seguridad social . Por lo general, se trata de un impuesto del 6.2% tanto para el empleado como para el empleador, hasta un límite máximo de salario anual que comúnmente se incrementa al comienzo de cada año calendario. Las tasas impositivas de la seguridad social y los topes máximos se registran en una tabla separada. Por ejemplo, con un salario bruto de $ 1,000, una empresa remitirá $ 124 al gobierno, de los cuales $ 62 fueron retenidos del salario bruto del empleado y $ 62 fueron pagados por la empresa (y que registra como un gasto). El empleador registra el monto retenido de los salarios de los empleados como un pasivo (pero no un gasto), ya que el empleador tiene la obligación de remitir estos fondos al gobierno.

  • Impuesto al Medicare . Este es un impuesto del 1,45% tanto para el empleado como para el empleador, sin límite superior en la cantidad pagada. Por lo tanto, sobre salarios brutos de $ 1,000, una empresa remitirá $ 29,00 al gobierno, de los cuales $ 14,50 fueron retenidos del salario bruto del empleado y $ 14,50 fueron pagados por la empresa (y que registra como gasto). Como sucedió con el impuesto a la seguridad social, el empleador registra el monto retenido de los salarios de los empleados como un pasivo (pero no un gasto), ya que el empleador tiene la obligación de remitir estos fondos al gobierno.

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